'La Tuta' busca amparo para evitar extradición a EU
- Editorial
- hace 7 días
- 2 Min. de lectura

Servando Gómez Martínez, La Tuta, quien fuera líder de La familia michoacana y los Caballeros Templarios, solicitó la protección de la justicia federal en contra de la Secretaria de Relaciones Exteriores para no ser extraditado a Estados Unidos.
La Tuta, quien se convirtió en uno de los narcotraficantes más buscados en el país, luego de la ola de violencia que surgió en 2013 en Michoacán, tras el surgimiento de grupos de autodefensa, promovió un amparo ayer ante el Juzgado Cuarto de Distrito en materia Penal con residencia en Toluca, estado de México donde reclamó actos privativos de la libertad, así como la deportación, expulsión o destierro del país. En su demanda, señaló que solicitó el amparo pues “es un hecho público y notorio, que el pasado lunes 31 de marzo de 2025, las mismas autoridades, y en específico Fiscalía General de la República y Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como la vocería de la Presidencia de la República, han informado que se procederá al "envío" de otros narcotraficantes al país vecino, entre otras personas, se mencionó a Servando Gómez Martínez como uno de los candidatos a ser "enviado" a los Estados Unidos de América”.
No obstante, dijo que por una parte, se encuentra compurgando sanciones privativas de libertad, con derecho a impugnarlas en amparo directo, y está sujeto a proceso a disposición de un juez federal y por otra, jamás ha sido notificado ni se ha instaurado en su contra proceso de extradición internacional. Al respecto, el juez Daniel Marcelino Niño Jiménez, argumentó que dicha narrativa, hasta el momento, “resulta insuficiente para determinar la procedencia de la medida suspensional solicitada, pues no se advierte que entre los hechos denunciados y los resultados dañinos exista una relación de causalidad que justifique decretar la suspensión”. Añadió que este juzgado de Distrito estima necesario allegarse de mayores hechos a fin de determinar si procede o no la suspensión de oficio y de plano instada.
El juzgador requirió al quejoso para que en el plazo de 24 horas, contadas a partir de que tenga conocimiento de este acuerdo, bajo protesta de decir verdad, narre los hechos o abstenciones del acto o actos reclamados que señale pues es un aspecto personalísimo que solo corresponde al peticionario de la protección constitucional.
El togado agregó que la deportación y la expulsión solo son aplicables para ciudadanos extranjeros, mientras que la proscripción y el destierro, son consideradas como penas, las cuales no le fueron impuestas, ya que la Tuta reconoció que compurga condenas de 30 y 28 años de prisión por los delitos de delitos de delincuencia organizada y contra la salud, así por secuestro, respectivamente.
Comments